CESE
04.03.2021
El Consejo Económico y Social Europeo (CESE) aprobó en el 2013 el Dictamen CCMI 112 sobre Duración de la vida de los productos e información al consumidor, en él se establecen Conclusiones y Recomendaciones. Sin ánimo de exhaustividad, solo a efectos informativos, transcribo algunas de ellas. El CESE:
- Aboga por la prohibición total de los productos cuyos defectos se calculan para provocar el fin de la vida útil del aparato.
- Recomienda a las empresas que faciliten la reparación de sus productos. Ello deberá efectuarse en torno a tres ejes, siendo el primero la posibilidad técnica, a continuación deberá mantenerse la posibilidad de que los consumidores puedan aprovisionarse de piezas de recambio durante un periodo de cinco años, a partir de la adquisición. Por último, al comprar un producto, se debería proporcionar un manual en el que se detallen las posibilidades de reparación y las instrucciones para realizarla.
- Fomenta las iniciativas voluntarias de certificación.
- Anima a los Estados a tener en cuenta los parámetros de lucha contra la obsolescencia programada en el marco de su política de contratación pública. Dado el volumen de la contratación pública en los Estados miembros de la Unión Europea (16 % del PIB) las autoridades públicas desempeñan un papel importante y éstas, por otra parte, han de ser ejemplares.
- Considera que la mejora de la calidad y de la sostenibilidad de los productos manufacturados generaría empleos duraderos en Europa y debe, por tanto, fomentarse.
- Propone ampliar el dispositivo de garantías vinculado a la compra mediante una garantía mínima de funcionamiento, de manera que las reparaciones se hagan a cargo del fabricante.
- Recomienda acelerar la investigación y las realizaciones en torno a tres ejes que constituyen frenos a la obsolescencia programada:1. El diseño ecológico de los productos.2. La economía circular.3. La economía de la funcionalidad.
- Preconiza un etiquetado sobre la duración de vida o el número estimado de utilizaciones de los productos para que el consumidor pueda escoger en el momento de la adquisición con pleno conocimiento de causa. Aboga por experimentar voluntariamente con un etiquetado en el que figure el precio por año estimado en función de la vida útil para fomentar la adquisición de productos sostenibles.
Con respecto a los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS), el ODS 12 establece la necesidad de garantizar modalidades de consumo y producción sostenibles. Estos Objetivos, aprobados en la Asamblea General de Naciones Unidas en septiembre de 2015, fijan los grandes bloques (objetivos) y las metas que se tienen que conseguir en cada uno de ellos para lograr su concreción hasta el año 2030.